¿Puede deducirse el IVA de una actividad no incluida en el objeto social de una sociedad mercantil? ¿Los vehículos turismo tienen limitaciones en la deducción del IVA?
El Tribunal Supremo, en su STS 612/2026, ha establecido que una sociedad puede deducir el IVA soportado vinculado a una actividad económica aunque dicha actividad no figure en su objeto social, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en los artículos 4 y 5 de la LIVA.
La sentencia distingue claramente entre objeto social y actividad económica a efectos del IVA. El primero pertenece al ámbito del Derecho mercantil, mientras que la deducción del impuesto debe analizarse conforme a la normativa tributaria.
La STS 612/2026 refuerza así una idea fundamental: la deducibilidad debe analizarse atendiendo a la realidad económica y a la efectiva afectación de los bienes y servicios, sin convertir el objeto social en una limitación que la LIVA no contempla.
El artículo 95 LIVA exige que los bienes y servicios adquiridos estén afectos a la actividad empresarial o profesional, pero no exige que dicha actividad coincida con el objeto social.
Ahora bien, la afectación adquiere especial importancia en determinados bienes, y especialmente en los vehículos turismo. En estos casos, la ley del IVA establece, con carácter general, una presunción de afectación del 50 %, que permite deducir inicialmente ese porcentaje del IVA soportado aunque la AEAT pueda solicitar alguna prueba de uso para la actividad. Sin embargo, la deducción de un porcentaje superior, es muy problemática porque exige acreditar su uso solo para la actividad. Por ello, cuando se pretende justificar una afectación superior al 50 %, resulta especialmente importante disponer de prueba objetiva y coherente con el uso empresarial del vehículo: registro de desplazamientos, kilometraje, visitas a clientes o centros de trabajo, agenda comercial, partes de trabajo, rutas realizadas o cualquier otra documentación que permita acreditar su utilización efectiva en la actividad. Hacienda está muy activa revisando esta cuestión y está rechazando la deducción en muchos casos.
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