Se ha publicado el Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social (BOE 27-6-2024).
Las principales medidas adoptadas por este Real Decreto-ley en el ámbito fiscal son las siguientes:
– Prórroga de rebajas de tipos impositivos en el IVA de alimento básico:. Se prorrogan hasta 30 de septiembre los tipos del 0 % y del 5 % para los alimentos básicos que ya estaban rebajados. Desde 1 de octubre a 31 de diciembre pasarán a ser del 2 % y del 7,5 %, respectivamente. El aceite de oliva pasa de estar en el grupo del IVA reducido junto con la pasta a estar en el grupo del IVA súper reducido (4%) junto con el pan.
– Se aplicará el IVA súper reducido del 4 % para el aceite de oliva a partir de 1 de enero de 2025.
– Regula la exención de IRPF a perceptores del salario mínimo interprofesional: se incrementa la cuantía de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo y se eleva el umbral de la obligación de declarar en 2024.
– Se sustituye la amortización acelerada para los vehículos eléctricos y puntos de recarga por libertad de amortización y se prevé su aplicación también en Renta en el ejercicio 2024.
– Fomento de la reserva de capitalización: la reducción aumenta del 10 al 15% del importe del incremento de los fondos propios y se reduce de 5 a 3 años el periodo de mantenimiento del incremento de los fondos propios.