Si tienes bienes o derechos en el extranjero, es importante que conozcas si estás obligado a declarar y cuáles son las consecuencias de no hacerlo.
El Modelo 720 es una declaración que deben presentar las personas físicas o jurídicas residentes en España que tengan bienes o derechos en el extranjero.
El plazo para presentarlo correspondiente al ejercicio 2024 finaliza el 31 de marzo de 2025.
¿Quién debe presentar el Modelo 720?
Las personas físicas o jurídicas residentes en España, así como los establecimientos permanentes de entidades no residentes, y las entidades sin personalidad jurídica, como herencias o comunidades de bienes y en su caso, todos aquellos titulares reales de sociedades. También están obligados quienes sean representantes o personas con poder de disposición sobre esos bienes.
¿Qué bienes y derechos se deben declarar?
1. Cuentas bancarias en el extranjero: Si eres titular, beneficiario o tienes poder de disposición sobre cuentas en entidades extranjeras.
2. Valores, derechos, seguros y rentas: Incluye participaciones en entidades, seguros de vida, y rentas vitalicias.
3. Bienes inmuebles: Propiedades o derechos sobre inmuebles situados fuera de España.
Exenciones:
No es necesario presentar el Modelo 720 si el valor total de los bienes en cada grupo no supera los 50.000€ a 31 de diciembre. Si ya has presentado el modelo anteriormente, solo deberás hacerlo nuevamente, si hay un aumento significativo en los saldos (aumento de 20.000 euros o más) o en caso de transmisión de los bienes, previamente declarados.
Consecuencias del incumplimiento:
La no presentación del Modelo 720, estando obligado a ello, puede acarrear multas de hasta 20.000€, dependiendo de la gravedad de la infracción.