El Gobierno aprobó, en el Real Decreto-Ley 2/2023 de medidas urgentes para la ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones, una cotización adicional denominada cuota de solidaridad aplicable a las personas trabajadoras cuyo salario bruto anual es superior a la base máxima de cotización en Seguridad Social (en 2024: 56.646€/anuales).
Para ello, se ha establecido con efectos desde el 1 de enero 2025, una cuota consistente en la aplicación de unos porcentajes fijos de cotización que se aplicarán al exceso de la base de cotización máxima. Este porcentaje se aplicará de forma gradual anualmente desde 2025 hasta el año 2045. La cotización será a cargo de empresa y de trabajador.
Para este ejercicio 2025 la cuota de solidaridad se calculará en base a los siguientes porcentajes:
También aprovechamos para recordar que respecto a la cotización correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI) para el próximo ejercicio 2025 se incrementará la cotización en un 0,80%, de los que el 0,67% corresponde a empresa y el 0,13% a los trabajadores.